viernes, 4 de abril de 2014

Publicidad en redes sociales.



Los anunciantes están obligados a distinguir claramente los actos publicitarios que realizan en los medios de comunicación. Sin embargo, estas normas no siempre son aplicadas en redes sociales como Twitter o Facebook.

Las redes sociales como Facebook o Twitter se han convertido en un nuevo terreno de juego para los anunciantes. Las marcas han decidido apostar por estos medios y han contratado a celebridades para hacer llegar su mensaje al resto de usuarios. Sin embargo, muchas veces, las reglas que se aplican a la publicidad en otros ámbitos se incumplen en estas plataformas, cruzando así la delgada línea que les separa de la publicidad encubierta.

El principio de información en el mundo de la publicidad es esencial. El consumidor debe poder distinguir entre lo que es un anuncio y lo que es una información. Por eso, en Internet y en las redes sociales se aplica la misma regulación que existe para la publicidad offline –Ley General de Publicidad y Ley de Competencia Desleal–, así como lo estipulado sobre comunicaciones comerciales en la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI).

La falta de resoluciones en España frente a la publicidad encubierta en las redes sociales está provocando el continuo incumplimiento de la normativa vigente. Sin embargo, en Reino Unido, el organismo regulador encargado del control de la publicidad en los medios ya ha intervenido ante denuncias de consumidores. La Autoridad de Estándares en Publicidad (ASA, por sus siglas en inglés) ha fijado ciertas obligaciones que los anunciantes deben cumplir en sus mensajes publicitarios, como incrustar en el texto el hashtag #ad, para indicar que es una publicidad (advertisement). En EEUU ya han optado por crear una regulación específica sobre comunicaciones electrónicas.

Falta de estándares

A falta de un reglamento específico para este tipo de publicidad, se debería tener en cuenta la legislación existente. El artículo 20.1 de la LSSI impone que las comunicaciones comerciales realizadas por vía electrónica sean claramente identificables como tales, contemplando la inclusión de los términos publi o publicidad. Teniendo en cuenta esto, utilizar el hashtag #publi en los tuits publicitarios podría ser una solución fácil para cumplir con la normativa actual.

Otro asunto complicado en una denuncia por este tipo de publicidad encubierta es demostrar que el prescriptor lo ha hecho a cambio de algún tipo de remuneración, sea de la naturaleza que sea.

El caso Danone

En julio de 2013, varios famosos españoles –Nuria Roca, Carolina Cerezuela, Jesús Vázquez o Santi Millán– publicaron en sus perfiles de Twitter un mensaje con el #porfincalor. Lo que parecía ser un simple mensaje personal, ya que no se indicaba que fuera un tuit patrocinado, resultó formar parte de una campaña de Danone para su producto Yolado. Cerezuela fue la única que integró el #publi dentro de su mensaje.

(Fuente: Expansión)























































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