lunes, 9 de junio de 2014

UCE-A inicia una campaña para animar a denunciar posibles irregularidades en la inclusión en listas de morosos.

http://audaconsultores.es/La organización de consumidores UCE-A ha iniciado una campaña para animar a denunciar posible irregularidades en la inclusión de ciudadanos en listas de morosos y ha ofrecido consejos a los posibles afectados para sacar los datos erróneos de estos registros y reclamar por los posibles daños y perjuicios. 

La organización de consumidores UCE-A ha iniciado una campaña para animar a denunciar posible irregularidades en la inclusión de ciudadanos en listas de morosos y ha ofrecido consejos a los posibles afectados para sacar los datos erróneos de estos registros y reclamar por los posibles daños y perjuicios.

En una nota, UCE-A ha apuntado que "muchos" ciudadanos se enteran de que están en uno de estos registros cuando se les deniega un préstamo, por lo que recomienda denunciar si no se ha notificado dicha circunstancia en un plazo de 30 días.

Asimismo, también debe informarse al consumidor de la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos establecidos por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter Personal.

Otra fuente de reclamaciones son las relacionadas por si se cumplen o no las condiciones para que una persona esté inscrita en un registro de morosos. En este sentido se requiere que exista una deuda cierta y exigible, vigente e impagada por parte de la persona que ha sido introducido en un registro de morosos y que no hayan transcurrido seis años desde la fecha en que hubo de procederse al pago de la deuda o del vencimiento de la obligación o del plazo concreto, si aquélla fuera de vencimiento periódico.

Además, debe haber habido un previo requerimiento de pago por parte del acreedor, sin respuesta de pago por parte del moroso, y no debe existir prueba documental que anule alguno de los puntos anteriores.

También se puede denunciar cualquier acceso incorrecto a la información contenida en un fichero de morosos por parte de terceros. En este sentido, los datos contenidos en el fichero sólo pueden ser consultados por terceros que quieran conocer la solvencia económica del consumidor cuando el consumidor mantenga con el tercero algún tipo de relación contractual que aún no se encuentre vencida, cuando el consumidor pretenda celebrar con el tercero un contrato que implique el pago aplazado del precio y cuando el consumidor pretenda contratar con el tercero la prestación de un servicio de facturación periódica.

(Fuente: EuropaPress)

No hay comentarios:

Publicar un comentario