lunes, 30 de junio de 2014

Tratamiento de datos de menores de edad



El informe 0046 de la AEPD resuelve la consulta planteada sobre el tratamiento de datos personales de los menores de edad a los que se facilita una tarjeta de fidelización.

De dicho informe jurídico se extrae lo siguiente:

a)    Si es un menor de 14 años ó incapaz, el consentimiento ha de ser otorgado por los padres.
b)    La cláusula informativa debe estar elaborada en un lenguaje comprensible a la edad del menor.
c)     No se podrán recabar del menor datos que permitan obtener información sobre los demás miembros del grupo familiar, o sobre las características del mismo, como los datos relativos a la actividad profesional de los progenitores, información económica, datos sociológicos, o cualesquiera otros, sin el consentimiento de los titulares de tales datos (únicamente podrán recabarse los datos de la identidad y dirección del padre, madre o tutor con la única finalidad de recabar la autorización prevista en el apartado a).
d)    Corresponde al responsable del fichero articular los procedimientos que garanticen que se ha comprobado de modo efectivo la edad del menor y la autenticidad del consentimiento prestado en su caso, por los padres, tutores o representantes legales.






 

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