El
informe 0046 de la AEPD resuelve la consulta planteada sobre el tratamiento de datos personales de los
menores de edad a los que se facilita una tarjeta de fidelización.
De
dicho informe jurídico se extrae lo siguiente:
a) Si es un menor de 14 años ó incapaz, el consentimiento
ha de ser otorgado por los padres.
b)
La cláusula informativa debe
estar elaborada en un lenguaje
comprensible a la edad del menor.
c)
No se podrán recabar del menor
datos que permitan obtener información sobre los demás miembros del grupo
familiar, o
sobre las características del mismo, como los datos relativos a la actividad
profesional de los progenitores, información económica, datos sociológicos, o
cualesquiera otros, sin el consentimiento de los titulares de tales datos
(únicamente podrán recabarse los datos de la identidad y dirección del padre,
madre o tutor con la única finalidad de recabar la autorización prevista en el
apartado a).
d)
Corresponde al responsable del
fichero articular los procedimientos que garanticen que se ha comprobado de
modo efectivo la edad del menor y la autenticidad del consentimiento prestado en su caso, por los
padres, tutores o representantes legales.