lunes, 21 de abril de 2014

¿Cuándo he de pedir consentimiento y cuándo no?



Norma general:
·         Hemos de pedirlo siempre.


Excepciones:

·         Cuando exista una relación negocial, laboral ó administrativa y sean necesarios para la misma
(ej. prestar un servicio directo al interesado).
·         El tratamiento de los datos tenga por finalidad proteger un interés vital del interesado (ej. prestarle asistencia sanitaria).
·         Los datos figuren en fuentes accesibles al público y el responsable del fichero, o el tercero a quien se comuniquen los datos, tenga un interés legítimo para su tratamiento o conocimiento, siempre que no se vulneren los derechos y libertades del interesado.
·         Se recojan para el ejercicio de las funciones propias de las Administraciones públicas en el ámbito de las competencias que les atribuya una norma con rango de ley o una norma de derecho comunitario.

Importante: aunque no sea necesario recabar el consentimiento, siempre hemos de informar al interesado de la identidad del responsable, finalidad de la recogida y el ejercicio de derechos ARCO.


IMPORTANTE

La solicitud del consentimiento deberá ir referida a un tratamiento o serie de tratamientos concretos, con delimitación de la finalidad para los que se recaba, así como de las restantes condiciones que concurran.

viernes, 18 de abril de 2014

WhatsApp actualiza su configuración de privacidad para Android.




Una de las preguntas más repetidas por los usuarios tras la adquisición de la aplicación móvil de mensajería WhatsApp por parte de Facebook fue: ¿qué va a pasar con la privacidad? La cautela de algunos llega a extremos como el de Alemania, donde una autoridad regional en protección de datos expresó su preocupación por la privacidad de los usuarios tras la compra de WhatsApp.

Parece que WhatsApp se ha hecho eco de estos temores, y acaba de actualizar su política de privacidad, al menos en su versión para Android. Según recoge la web especializada Android Police, la actualización 2.11.186 de la aplicación modifica la configuración de aspectos como la última conexión del usuario o la foto de perfil, y permite, también, que un usuario pueda pagar la cuota anual de WhatsApp a otro.

La nueva versión de WhatsApp permitirá a sus usuarios que decidan quiénes pueden ver cuándo fue su última conexión, qué foto de perfil utilizan y cuál es su estado, cuando antes, bastaba con que cualquiera tuviera nuestro número de teléfono para acceder a esta información.

WhatsApp, además, ha introducido la opción de que otro usuario pague nuestra cuota anual de suscripción, una vez expire el período de prueba gratuito o los doce meses que financiamos con esos 0,89 euros. Probablemente, sea una técnica para que los usuarios puedan devolver a aquellos amigos, familiares o novios más rebeldes a la senda de WhatsApp.

Además, la aplicación introducirá un acceso directo a la cámara y un widget, que permitirá, en las versiones 3.0. de Android, mostrar todos aquellos mensajes que todavía no han sido leídos, sin tener que acceder a cada conversación.ppLa nueva versión de WhatsApp para Android contará, además, con la opción de compartir o guardar la foto de un grupo de conversación, así como con la posibilidad de que el historial de mensajes guardados para cada usuario se amplíe.

Después de que Facebook anunciara la compra de WhatsApp por 19.000 millones de dólares, el comisario en Protección de Datos para la región de Schleswig-Holstein, Thilo Weichert, advirtió de que esta fusión podría traer severas consecuencias para la privacidad de los usuarios, puesto que toda la información que hubiesen depositado en WhatsApp pasaría, ahora, a estar regida bajos la política de Facebook.

miércoles, 16 de abril de 2014

La Guardia Civil vulneró el deber de secreto al publicar los datos de un agente en Langreo.

La Agencia de Protección de Datos ha resuelto que la Guardia Civil de Asturias cometió una infracción grave al publicar la filiación de un agente de Tráfico expedientado en el panel de anuncios del Ayuntamiento de Langreo, en agosto de 2012. Según la resolución de la Agencia, se habrían vulnerado tanto el deber de secreto como el derecho a la intimidad y al honor del agente en cuestión, para el que se abre la posibilidad de presentar una demanda reclamando una indemnización. Además, se instará a la Dirección General a depurar responsabilidades. La Agencia no insta ninguna medida correctora, debido a la naturaleza de la infracción, y se limita a comunicar su resolución a la Dirección General, al perjudicado y al Defensor del Pueblo.

El comandante de la Agrupación de Tráfico de Cantabria, que instruía un expediente a un guardia de Langreo, ordenó publicar un edicto en el Ayuntamiento de la localidad por el que se notificaba una sanción de empleo y sueldo contra éste, sin tener en cuenta que el régimen disciplinario que atañe a los miembros de este cuerpo es muy diferente al de los funcionarios. En la notificación podía leerse no sólo la identidad del agente, sino su dirección y otros datos relevantes, como la sanción impuesta (cinco días de suspensión de empleo y sueldo).

La notificación tendría que haberse entregado en mano al agente en la unidad de Tráfico en la que servía. En aquel momento, el agente se encontraba en el Hospital Central junto a su madre, que estaba en estado preagónico (de hecho, murió a los pocos días). La Guardia Civil adujo "mala fe" y "falta de diligencia" del agente a la hora de recibir la notificación. En vez de enviar un fax o un correo electrónico, o comunicar al agente que la resolución sancionadora estaba en el panel de anuncios, se optó por publicar la comunicación en el panel de anuncios del Ayuntamiento de Langreo, con el consiguiente riesgo para la seguridad del propio agente de Tráfico, que fue defendido por el abogado Luis Zaragoza.

La Agrupación Unificada de la Guardia Civil (AUGC) ha calificado lo ocurrido al agente como "un claro caso de mobbing". Esta asociación indicó en su día que el agente fue represaliado por uno de sus mandos ante la sospecha de que él hubiese facilitado a AUGC unas fotos en las que se veía a un suboficial disfrutando de una costillada, cuando tendría que estar patrullando.

(Fuente: La Nueva España)

lunes, 14 de abril de 2014

Saturada la carga de trabajo en la Agencia Española de Protección de Datos.

El director de la Agencia Española de Protección de Datos, José Luis Rodríguez Álvarez, ha pedido soporte a los diputados presentes en la Comisión Constitucional del Congreso para que apoyen su petición de ampliar su plantilla, ya que en los últimos años la carga de trabajo se ha incrementado hasta en un 300 por ciento.

Eso sí, ha asegurado que es la propia AEPD la que asumiría los costes puesto que dispone de recursos para pagar nuevos puestos de trabajo, sin suponer por tanto ningún coste adicional al Erario Público.

"El continuo incremento de la carga de trabajo, que se suma al de años anteriores y que se manifiesta aunque más moderadamente en 2013 (año del que tiene que cerrar cifras) está suponiendo un reto enorme para la institución, que se ha abordado con la simplificación de los procesos internos de gestión o con el uso intensivo de herramientas informáticas y TIC", ha indicado.

En este sentido, ha indicado que la principal contribución para hacer frente a esta carga de trabajo la están haciendo los funcionarios que, en un "contexto difícil como el presente", están desarrollando su trabajo con un "alto grado" de compromiso y de eficacia.

"La capacidad de asumir más carga de trabajo mediante la optimización de recursos y la mayor dedicación de los trabajadores tiene un límite y en el caso de la agencia se ha alcanzado ya e incluso se ha superado", ha insistido, al mismo tiempo que ha aclarado que la plantilla de la agencia no se ha modificado desde 2008 y desde entonces la carga de trabajo se ha incrementado de promedio en un 200 por ciento, alcanzando en algunas áreas el 300 por ciento.

Nuevas funciones

Además, ha subrayado que la agencia, desde el año pasado, asumió íntegramente las funciones de la agencia de la Comunidad de Madrid sin ninguna compensación y sin recursos, aparte de que el Estado le ha atribuido nuevas funciones en materias complejas, como la normativa de 'cookies' o las brechas de seguridad.

Por todo ello, Rodríguez cree que ha llegado el momento de abordar una actualización de la plantilla para que pueda continuar desempeñando sus funciones en próximos años, en los que tendrá que afrontar retos "sumamente complejos" como el 'big data', el 'Internet de las cosas', el uso de drones, o los nuevos dispositivos tecnológicos para vestir, como la 'wereable technology'.

"Creo que tenemos buenas razones para plantear esta cuestión, teniendo en cuenta además que la agencia está en condiciones de financiar los nuevos puestos de trabajo con recursos propios por lo que no se generarían costes adicionales al erario público. Les agradeceríamos por tanto apoyo para llevar adelante el proceso de actualización", ha subrayado.

(Fuente: Cibersur)

viernes, 11 de abril de 2014

El nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos endurece el control a las empresas y aumenta las multas, que podrán basarse en su facturación anual.

Esta semana ha habido votación en el Parlamento Europeo del paquete normativo de Protección de Datos, tras veinte años de vigencia del actual y su notoria obsolescencia. La nueva normativa afecta directamente a todos los temas relacionados con el permiso, la notificación de una brecha de datos y las consiguientes sanciones – hasta un 5% de la facturación global -, lo que significa un cambio drástico respecto a la legislación vigente” .

El Parlamento Europeo ha respaldado este miércoles un paquete legislativo que adapta la norma europea de 1995 sobre protección de datos al mundo de internet y las nuevas tecnologías. Las nuevas reglas buscan reforzar el control de las personas sobre sus datos, armonizando el nivel de protección en toda la UE. Los diputados han votado medidas más duras contra las empresas respecto al texto que recibieron de la Comisión.

El paquete legislativo está formado por dos propuestas:

a) un reglamento general que cubre la práctica totalidad de los datos procesados en la Unión Europea, desde las redes sociales, las páginas de compras por internet o los servicios bancarios en línea hasta los registros universitarios y de hospitales, pasando por las bases de datos de clientes de las empresas.

b) una directiva de mínimos que reemplaza una decisión marco del Consejo de 2008 y se aplica a los datos personales procesados en el marco de la cooperación policial y judicial. Hasta ahora, las reglas europeas en este ámbito se aplicaban a los datos intercambiados por las autoridades de distintos Estados miembros. Sin embargo, la nueva norma abarcaría también los datos procesados por las autoridades dentro de cada país.

Los puntos esenciales son los siguientes:

1. Derecho al olvido

La Comisión Europea defiende que los ciudadanos puedan solicitar que sus datos sean borrados si no desean que los sigan procesando. Algunos eurodiputados proponen borrar este derecho porque consideran que es imposible aplicarlo.

2. Consentimiento explícito

La Comisión Europea propone que una empresa pueda procesar información personal sólo si antes ha obtenido el permiso de la persona afectada. Tal permiso puede ser retirado en cualquier momento.

3. Análisis del perfil y el comportamiento

Los datos personales se analizan de manera automática para predecir el comportamiento de las personas en su trabajo o en tanto que consumidores, la evolución de su situación económica, de su salud, de sus gustos, etcétera.

4. Transparencia, empresas y autoridades públicas

Las empresas y las autoridades públicas deberían explicar con claridad sus políticas de protección de datos y disponer de un responsable si cuentan con al menos 250 empleados, según la propuesta de la Comisión Europea. El eurodiputado Jan Phili

Albrecht cambia este criterio al defender que esta medida se aplique a empresas que procesen datos de al menos 500 personas al año.

Qué sanciones establece el Reglamento en trámite para las empresas

Las empresas que incumplan las obligaciones establecidas en el Reglamento sufrirán como mínimo una de las sanciones siguientes:

- Advertencia escrita en el caso de un primer incumplimiento no deliberado
- Auditorías periódicas de protección de datos
- Una multa de hasta 100 000 000 euros o el 5 % de su volumen de negocios anual a escala mundial en el caso de una empresa, si esta última cifra fuera mayor

La sanción administrativa tendrá en cuenta, entre otros, los siguientes factores:

- la naturaleza, gravedad y duración de la infracción;
- la intencionalidad o negligencia en la infracción;
- el grado de responsabilidad de la persona física o jurídica y de las anteriores infracciones cometidas por dicha persona;
- el carácter repetitivo de la infracción;
- el grado de cooperación con la autoridad de control con el fin de poner remedio a la infracción y mitigar los posibles efectos adversos de la infracción;

La nueva normativa afecta directamente a todos los temas relacionados con el permiso, la notificación de una brecha de datos y las consiguientes sanciones - hasta un 5% de la facturación global, lo que significa un cambio drástico respecto a la legislación vigente. Las empresas que fracasen en dar una solución a estos retos ahora, no solo corren el riesgo de tener que afrontar cuantiosas multas en el futuro próximo, sino que también podrían enfrentarse a serios daños para su reputación, lo que haría peligrar la retención de sus clientes.

(Fuente: Legal Today)