lunes, 19 de mayo de 2014

Vodafone indemnizará a un cliente con 6.000 euros.

La compañía le incluyó indebidamente en registros de morosos por una deuda de 115 euros.

La operadora subió las tarifas, con lo que no podía cobrar por la cancelación de la permanencia.

El caso, una práctica habitual realizada por todas las operadoras telefónicas, es un claro ejemplo de abuso. Lo hemos visto día sí y día también en prensa, radio y televisión y las operadoras continúan con su ‘tiranía’ sobre los consumidores y usuarios. Aunque esta vez, se toparon con un ‘hueso’: el cliente era abogado de Ausbanc.

Vodafone incluyó indebidamente en dos registros de morosos –concretamente en los ficheros Badexcug y Asnef-Equifax– a un cliente, por entender la operadora que había roto unilateralmente el contrato de permanencia y cifraba la penalización del usuario con la operadora en 115 euros. No obstante, muchos usuarios no saben que existen mecanismos para no tener que pagar al marcharse de la compañía antes de tiempo.

Todo se reduce a un incumplimiento grave del contrato por parte de la operadora. De esta manera, y aunque puede haber muchos supuestos, los casos más habituales son el cambio en la tarifa; el alta en servicios sin consentimiento del cliente; el cobro de llamadas no realizadas y la falta de cumplimiento de alguno de los compromisos pactados.

Esto puede traducirse en una merma de la calidad del servicio pactado, como puede pasar en servicios de Internet.

En concreto, y en este caso, fue el incremento de las tarifas por parte de la operadora lo que produjo la cancelación del contrato de permanencia por lo que no procedía el pago de ninguna penalización –tal y como dicta el artículo 107 RD 424/2005–. Sin embargo, y a pesar de exponer el cliente dichas razones de forma fehaciente, Vodafone incluyó al usuario en los ficheros de morosidad en octubre de 2009. 

Denuncia ante la AEPD

Como respuesta, el cliente presentó una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que concluyó con una multa a la operadora de 50.000 euros –concretamente en abril de 2012–. Aun así, Vodafone continúo sin dar su brazo a torcer y se encontró con una demanda reclamando como indemnización 10.000 euros.

Pues bien, tras un primer intento de la operadora –a través de su letrada– de llegar a un acuerdo con el demandante por una cantidad muy inferior a la solicitada (1.500 euros), el Magistrado le preguntó al cliente cuál sería el importe mínimo por el cual aceptaría resolver el asunto, quedando fijada una indemnización de 6.000 euros que la operadora abonó al cliente.

(Fuente: mercado-dinero.es)

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