¿Se puede exigir a Google que retire un contenido en el que apareces mencionado? Ahora ya es posible. El 'derecho al olvido' o derecho de supresión de datos queda apoyado por la Justicia de la Unión Europea. La sentencia de Luxemburgo del 13 de mayo de 2014 ampara al usuario y lo convierte en el propietario de su información. En este practicograma descubrirás cómo es el procedimiento para exigir a Google que retire una información personal que consideras que no es apropiada.
1¿Qué es el 'derecho al olvido'?
El derecho al olvido o a la supresión de datos pone en conflicto el derecho al honor y la propia imagen (artículo 18 de la Constitución Española) con el derecho a recibir y comunicar información veraz (artículo 20.d. CE). ¿Cuál de ellos prevalece? Javier Maestro, abogado especializado en Internet del Bufet Almeida, explica cómo las sentencias judiciales españolas han estudiado esta problemática principalmente en base a tres aspectos clásicos:
- Grado de afección del afectado.
- Relevancia pública de los hechos.
- Notoriedad del individuo afectado.
La valoración de estos criterios establecerá si la información vertida en Internet debe ser borrada, tal y como pide el usuario, o no. El derecho al olvido, que parecía restrinjido a las páginas web, llega ahora a buscadores como Google tras la sentencia del 13 de mayo de 2014 del Tribunal de Justicia Europeo, con sede en Luxemburgo.
1¿Qué es el 'derecho al olvido'?
El derecho al olvido o a la supresión de datos pone en conflicto el derecho al honor y la propia imagen (artículo 18 de la Constitución Española) con el derecho a recibir y comunicar información veraz (artículo 20.d. CE). ¿Cuál de ellos prevalece? Javier Maestro, abogado especializado en Internet del Bufet Almeida, explica cómo las sentencias judiciales españolas han estudiado esta problemática principalmente en base a tres aspectos clásicos:
- Grado de afección del afectado.
- Relevancia pública de los hechos.
- Notoriedad del individuo afectado.
La valoración de estos criterios establecerá si la información vertida en Internet debe ser borrada, tal y como pide el usuario, o no. El derecho al olvido, que parecía restrinjido a las páginas web, llega ahora a buscadores como Google tras la sentencia del 13 de mayo de 2014 del Tribunal de Justicia Europeo, con sede en Luxemburgo.
2Mario Costeja, el español que se enfrentó a Google.
Mario Costeja, de 59 años, denunció que en 1998 el diario 'La Vanguardia' había publicado dos anuncios de una subasta de inmuebles por embargo debido a unas deudas que el afectado había contraído con la Seguridad Social. Años más tarde, estos artículos pasaron al formato digital del periódico. Al introducir el nombre de Costeja en Google, aparecía el citado anuncio.
Mario Costeja pidió en noviembre de 2009 que se retirara esta información. A su entender, solucionado el problema y pasados los años, la noticia carecía de interés. Tal y como explica su abogado, Joaquín Muñoz (Abanlex Abogados), tras recibir la negativa del diario se decidió encaminar la reclamación hacia Google. La queja fue llevada a la Agencia Española de Protección de Datos, quien falló a favor de 'La Vanguardia', pero en contra del buscador.
Ante esta situación, Google estaba obligado a retirar el enlace, pero no lo hizo. En su lugar recurrió el caso ante la Audiencia Nacional y también lo planteó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Finalmente, la UE ha fallado en contra de los motores de búsqueda. El caso de Mario Costeja supondrá un antes y un después en materia de derecho de Internet en los países de la Unión.
3La sentencia del Tribunal de Justicia Europeo.
La sentencia de Luxemburgo establece que el gestor de un motor de búsqueda se considera "responsable de su tratamiento". Tampoco importa si la empresa es una multinacional con sede, por ejemplo, en Estados Unidos. Según comenta Javier Maestro, la Justicia europea ha reconocido la "territorialidad de las normas". Esto significa que, si una compañía extranjera abre una sucursal en otro país, debe operar acorde a la lesgilación nacional del lugar en el que se encuentra.
La pregunta es, ¿tiene un buscador que eliminar un enlace si el usuario lo pide? Según la sentencia, se debe estudiar cada caso, pero sí, si la afección del usuario es grave puede conseguir que se sentencie en su favor. Esto no quiere decir que se elimine el contenido de la información. Se trata de borrar el enlace de los buscadores, pero no la página en la que se encuentra el contenido originario.
Maestro explica que uno de los motivos de alegación de Google versaba en que ellos no generaban el contenido, simplemente lo enlazaban. Ahora no será necesario esperar a que una página (periódico, web de contacto etc.) elimine el contenido. Puedes reclamar la retirada de ambos elementos de forma independiente.
4Ponte en contacto con Google.
"De momento estamos estudiando la cuestión". Marisa Toro, directora de Comunicación y Asuntos Públicos de Google para el sur de Europa, prefiere mantener la cautela y no entrar en materia. A su entender, la decisión del Tribunal de Luxemburgo ha sido "decepcionante".
De momento no existe un procedimiento claro para pedir la retirada de información de Google. Tal y como hizo Mario Costeja, lo ideal es primero ponerse en contacto con el buscador para que quede constancia de tu reclamación. El teléfono de Google España es el 91 748 64 02. Ellos pasarán tu petición a estudio en su Centro de Asistencia.
5¿Existe algún plazo de respuesta?
Los hechos han sido inesperados. Pocos pensaban que el Tribunal Europeo fallaría en contra de Google. Por este motivo, el procedimiento para reclamar está aún cargado de confusiones.
Según cuenta Joaquín Muñoz, abogado de Mario Costeja, "Google tendría un plazo de 10 días para responder a tu petición de retificación" (artículo 16 de la Ley 15/1999 de Protección de Datos).
Sin embargo, el experto entiende que el volumen de reclamaciones puede ser muy elevado por lo que considera que esta normativa será "muy difícil" de llevar a la práctica. Según indica, todo apunta a que será la Agencia de Protección de Datos la que finalmente tendrá que actuar. Pese a ello remarca la importancia de dirigirse primero a Google "para que quede constancia".
6Reclama ante la Agencia de Protección de Datos.
Tras ponerse en contacto con el buscador (Google, Yahoo, Bing etc.), si éste no atiende a tu petición, puedes trasladar tu queja a la Agencia de Protección de Datos. Ésta se encargará de analizar tu caso particular y, si corresponde, aplicar la Ley para que el buscador deje de indexar el contenido que has reclamado.
Para ello, rellena el formulario 'online' que aparece en su página web. Deberás indicar tus datos personales (DNI, dirección, teléfono de contacto, correo electrónico...) y describir los hechos que denuncias. Intenta aportar todos los datos posibles para fundamentar tu queja. Por último tendrás que seleccionar el asunto (Internet) y el detalle concreto (Buscadores de páginas web y personas).
7Cada caso es diferente.
Aunque la sentencia del Tribunal Europeo haya fallado en contra de Google, esto no quiere decir que se acepten todos los casos. "Se tendrá que examinar, en particular, si el interesado tiene derecho a que la información en cuestión ya no esté vinculada a su nombre en las búsquedas", se subraya en la setencia.
Cada caso es diferente y quedará en manos de las autoridades decidir si procede la reclamación o no.
2Mario Costeja, el español que se enfrentó a Google.
Mario Costeja, de 59 años, denunció que en 1998 el diario 'La Vanguardia' había publicado dos anuncios de una subasta de inmuebles por embargo debido a unas deudas que el afectado había contraído con la Seguridad Social. Años más tarde, estos artículos pasaron al formato digital del periódico. Al introducir el nombre de Costeja en Google, aparecía el citado anuncio.
Mario Costeja pidió en noviembre de 2009 que se retirara esta información. A su entender, solucionado el problema y pasados los años, la noticia carecía de interés. Tal y como explica su abogado, Joaquín Muñoz (Abanlex Abogados), tras recibir la negativa del diario se decidió encaminar la reclamación hacia Google. La queja fue llevada a la Agencia Española de Protección de Datos, quien falló a favor de 'La Vanguardia', pero en contra del buscador.
Ante esta situación, Google estaba obligado a retirar el enlace, pero no lo hizo. En su lugar recurrió el caso ante la Audiencia Nacional y también lo planteó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Finalmente, la UE ha fallado en contra de los motores de búsqueda. El caso de Mario Costeja supondrá un antes y un después en materia de derecho de Internet en los países de la Unión.
3La sentencia del Tribunal de Justicia Europeo.
La sentencia de Luxemburgo establece que el gestor de un motor de búsqueda se considera "responsable de su tratamiento". Tampoco importa si la empresa es una multinacional con sede, por ejemplo, en Estados Unidos. Según comenta Javier Maestro, la Justicia europea ha reconocido la "territorialidad de las normas". Esto significa que, si una compañía extranjera abre una sucursal en otro país, debe operar acorde a la lesgilación nacional del lugar en el que se encuentra.
La pregunta es, ¿tiene un buscador que eliminar un enlace si el usuario lo pide? Según la sentencia, se debe estudiar cada caso, pero sí, si la afección del usuario es grave puede conseguir que se sentencie en su favor. Esto no quiere decir que se elimine el contenido de la información. Se trata de borrar el enlace de los buscadores, pero no la página en la que se encuentra el contenido originario.
Maestro explica que uno de los motivos de alegación de Google versaba en que ellos no generaban el contenido, simplemente lo enlazaban. Ahora no será necesario esperar a que una página (periódico, web de contacto etc.) elimine el contenido. Puedes reclamar la retirada de ambos elementos de forma independiente.
4Ponte en contacto con Google.
"De momento estamos estudiando la cuestión". Marisa Toro, directora de Comunicación y Asuntos Públicos de Google para el sur de Europa, prefiere mantener la cautela y no entrar en materia. A su entender, la decisión del Tribunal de Luxemburgo ha sido "decepcionante".
De momento no existe un procedimiento claro para pedir la retirada de información de Google. Tal y como hizo Mario Costeja, lo ideal es primero ponerse en contacto con el buscador para que quede constancia de tu reclamación. El teléfono de Google España es el 91 748 64 02. Ellos pasarán tu petición a estudio en su Centro de Asistencia.
5¿Existe algún plazo de respuesta?
Los hechos han sido inesperados. Pocos pensaban que el Tribunal Europeo fallaría en contra de Google. Por este motivo, el procedimiento para reclamar está aún cargado de confusiones.
Según cuenta Joaquín Muñoz, abogado de Mario Costeja, "Google tendría un plazo de 10 días para responder a tu petición de retificación" (artículo 16 de la Ley 15/1999 de Protección de Datos).
Sin embargo, el experto entiende que el volumen de reclamaciones puede ser muy elevado por lo que considera que esta normativa será "muy difícil" de llevar a la práctica. Según indica, todo apunta a que será la Agencia de Protección de Datos la que finalmente tendrá que actuar. Pese a ello remarca la importancia de dirigirse primero a Google "para que quede constancia".
6Reclama ante la Agencia de Protección de Datos.
Tras ponerse en contacto con el buscador (Google, Yahoo, Bing etc.), si éste no atiende a tu petición, puedes trasladar tu queja a la Agencia de Protección de Datos. Ésta se encargará de analizar tu caso particular y, si corresponde, aplicar la Ley para que el buscador deje de indexar el contenido que has reclamado.
Para ello, rellena el formulario 'online' que aparece en su página web. Deberás indicar tus datos personales (DNI, dirección, teléfono de contacto, correo electrónico...) y describir los hechos que denuncias. Intenta aportar todos los datos posibles para fundamentar tu queja. Por último tendrás que seleccionar el asunto (Internet) y el detalle concreto (Buscadores de páginas web y personas).
7Cada caso es diferente.
Aunque la sentencia del Tribunal Europeo haya fallado en contra de Google, esto no quiere decir que se acepten todos los casos. "Se tendrá que examinar, en particular, si el interesado tiene derecho a que la información en cuestión ya no esté vinculada a su nombre en las búsquedas", se subraya en la setencia.
Cada caso es diferente y quedará en manos de las autoridades decidir si procede la reclamación o no.
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